Impuesto de Sucesiones 2024: lo que toca pagar en cada comunidad para poder heredar
Cada Comunidad Autónoma administra el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, un tributo que se debe abonar al recibir una herencia. El impuesto se ha reducido y, en algunos lugares, ya no se aplica
En el 2023, los gobiernos regionales han tomado medidas para reducir el cobro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En algunos lugares como Baleares, han decidido eliminarlo debido a su excesivo coste para las personas.
En primer lugar, se debe definir que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es una carga fiscal que las personas que viven en España deben afrontar cuando reciben una herencia. Es un aumento del patrimonio, que ocurre cuando se transfieren propiedades o derechos de una persona a otra debido a su fallecimiento. Algo a tener en cuenta es que, cuanto más se hereda, más se debe pagar.
Durante el 2021, según datos del Consejo General del Notariado, por motivo de la pandemia las herencias aumentaron. Pero con ellas también las renuncias de los herederos por no poder asumir el pago del mencionado impuesto o las deudas del fallecido.
Cómo queda el Impuesto de Sucesiones según la Comunidad Autónoma en 2024
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones varía según las leyes de cada comunidad autónoma. Hay que tener en cuenta que, por ley, el porcentaje puede varias entre el 8,65% y el 34% de lo heredado, según la cantidad heredada y las bonificaciones de cada comunidad.
También afecta su cuantía el grado de parentesco de los herederos y si estos son mayores de 21 años. Antes de seguir debemos mencionar que los grados de parentesco se determinan de la siguiente forma:
- Grupo I: descendientes y adoptados menores de 21 años.
- Grupo II: descendientes y adoptados mayores de 21 años, además de cónyuges, ascendientes y adoptantes.
- Grupo II: hermanos, tíos y sobrinos.
- Grupo IIII: primos y otros grados más distantes de parentesco.
Estos son algunos de los cambios previstos para 2024:
- Asturias: los herederos del Grupo I y II están exentos de pagar el impuesto de sucesiones si el valor total de la herencia es igual o inferior a 300.000 euros.
- Extremadura: bonificación del 99% en el impuesto para los herederos que pertenecen a los Grupos I y II.
- Aragón: bonifica el 65% si la herencia no es mayor de 100.000 euros.
- Baleares: ha eliminado por completo el Impuesto de Sucesiones para descendientes que sean familiares directos desde el 2024
- Cataluña: los hijos y cónyuges que reciban una herencia de hasta 100.000 euros no pagan impuesto, para los nietos cuyo límite es de hasta 50.000 euros y para los ascendientes de 30.000 euros.
- Galicia: En el caso del Grupo II, el límite de la herencia está en los 400.000 euros.
- Murcia: tienen una bonificación del 99% del impuesto para los grupos I y II.
- Madrid: los familiares directos y cónyuges tienen una bonificación del 99% y para los hermanos es del 15%. En caso de sobrinos, deberán pagar el 10% de lo recibido como herencia.
- Castilla y León: los grupos I y II tienen una disminución de 400.000 euros, mientras que las personas que han sido víctimas de violencia de género obtienen un descuento del 99%.
- Andalucía: los grupos I y II no pagan el impuesto hasta el millón de euros de herencia. Si supera el monto, se aplicará el porcentaje del impuesto que corresponda.
- La Rioja: bonifica el 99% en el caso de todas las herencias.
- Valencia: también bonifica el 99% de la herencia entre cónyuges, ascendientes y descendientes.
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