Las personas que no hayan cotizado los años suficientes tienen derecho a percibir una pensión no contributiva del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. También se incluyen a aquellos que dispongan de ingresos suficientes para percibir una pensión contributiva de la Seguridad Social
Este subsidio está destinado a aquellas personas que no hayan acumulado primas suficientes tras la jubilación. O que tengan un grado de invalidez superior al 65 %. Sin embargo, la Seguridad Social ha lanzado un aviso de que te puedes quedar sin esta pensión por diferentes motivos.
Te contamos todos los detalles a continuación.
Según los últimos datos del Ministerio de la Seguridad Social, más de 440 000 pensionistas en España perciben una pensión no contributiva cada mes.
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Esta cantidad es menos de la mitad del salario mínimo profesional, que actualmente es de 1080 euros al mes. Esto significa que puedes retirar hasta 484,61 euros al mes y hasta 66 784,54 euros al año.
Esta pensión está por debajo de la pensión mínima básica de jubilación, pero muchas personas no tienen otros ingresos. La pérdida será un duro golpe para los jubilados, especialmente dado el repunte del consumo durante los meses de verano.
Puedes comprobar que existen cuatro situaciones en las que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) puede multar con la suspensión temporal de la pensión no contributiva.
La pérdida de pensión no es definitiva. En general, el daño se produce cuando no se dan las condiciones que permiten su detección y pueden ser subsanados en cualquier momento. Estas razones son:
Las pensiones no contributivas son ayudas sociales para personas con bajos ingresos y en riesgo de exclusión social por superar los límites de ingresos anuales.
Corresponde al Gobierno español fijar este límite para cada ejercicio fiscal. El importe no es fijo y depende del número de familiares que convivan con los pensionistas.
En 2023, el límite de ingresos para los beneficiarios que viven solos es de 6784,54 euros al año. Si conviven, este valor aumenta a:
- Con dos convivientes, el límite es de 11 533,72 euros al año.
- Con tres convivientes, el límite es de 16 282,90 euros al año.
- Con 4 o más convivientes, el límite es de 21 032,08 euros al año.
No se especifica qué tipo de ingresos se pueden obtener en un piso compartido.
Exigen que los perceptores de las pensiones no contributivas declaren los ingresos de todo el hogar cada año. Independientemente de los motivos de jubilación o invalidez. Esta operación debe realizarse en los tres primeros meses del año.
¿Qué pasa si no me presento antes del 31 de marzo? La Tesorería General de la Seguridad Social no dudará en dejar de pagar la próxima mensualidad hasta que se corrija el error.
Cualquier cambio en las circunstancias personales del beneficiario deberá ser comunicado a la Seguridad Social.
Los cambios que deben ser actualizados por la administración deben estar relacionados con el estado civil, la unidad de vivienda y el lugar de residencia. Esto no significa que ya no se te facturará, solo que debes ser notificado para que no te dejen de cobrar por unos meses.
La Administración se reserva el derecho de investigar al pensionista de oficio, es decir, sin autorización. Durante estas investigaciones, se pueden descubrir actividades fraudulentas y datos importantes. Por ejemplo, comprueban si un pensionista por invalidez está en números negros.
Aquí la administración interviene y se pone seria. Si la persona no justifica estas faltas, la renta vitalicia puede ser cancelada de manera fehaciente y la cantidad pagada injustamente puede ser reclamada.