Montaje de un hombre serio mirando hacia delante y la imagen de unos billetes de euro en la izquierda
SOCIEDAD

La Agencia Tributaria desvela los pensionistas que pueden reclamar hasta 4.000 €

La Agencia Tributaria debe devolver este dinero a los pensionistas

La Agencia Tributaria ha anunciado que está en proceso de identificar y contactar a aquellos jubilados que podrían reclamar hasta 4000 euros en devoluciones fiscales. Todo surgió a raíz de una reciente sentencia del Tribunal Supremo. Dictaminó que la Agencia Tributaria debe reembolsar parte de sus pensiones a los jubilados del sector del comercio, la construcción o la metalurgia.

Tributaron indebidamente entre 1967 y 1978 en las antiguas mutualidades laborales al 100% en el IRPF. Cuando, en realidad, deberían haberse beneficiado de una deducción.

Este fallo abre la puerta a la posibilidad de que miles de autónomos que cotizaron a las mutualidades laborales entre 1967 y 1978 puedan descontarse el 25% de las cotizaciones. Incluso, además, solicitar la devolución de los últimos cuatro años. Cabe señalar que los años anteriores a este período de cuatro años ya han prescrito y no pueden ser reclamados.

Los jubilados que pueden solicitar una devolución de 4000 euros a Hacienda

Lydia Campos, asesora fiscal en el departamento tributario de Vento Abogados y Asesores, ha comentado la situación actual de las devoluciones fiscales a jubilados. En declaraciones a Efe, asegura que han reconocido las devoluciones a jubilados de la mutualidad del comercio o que trabajaron en la construcción o metalurgia. Además, se espera recibir confirmación favorable para los casos relacionados con la hostelería.

Estos sectores tienen un peso relevante en el empleo en España y fueron particularmente activos durante el período de 1967 a 1978. Durante ese tiempo, también se produjo un aumento en la participación de las mujeres en la fuerza laboral. Sin embargo, es complicado calcular el número total de personas que podrían verse beneficiadas.

Montaje con las manos de una persona mayor y un círculo con varios billetes de euro

La sentencia del Tribunal Supremo es el punto de partida de esta historia. Estableció que las cotizaciones realizadas desde el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978 no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF. Todo ello a pesar de que deberían haberlo sido.

La ampliación de las devoluciones fiscales

La resolución de la sentencia del Tribunal Supremo ha tenido un alcance más amplio de lo inicialmente previsto. La Agencia Tributaria no solo ha reconocido esta situación para la mutualidad de la banca, sino también para otras empresas y sectores en los cuales existían diversas situaciones.

Lydia Campos explica que en todos estos casos, una parte de la pensión de los trabajadores, específicamente la correspondiente a los períodos cotizados entre 1967 y 1978, debe quedar exenta. Sobre todo, de la parte de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para evitar una doble imposición.

Derecho a reclamar para jubilados de alrededor de 80 años

Los beneficiarios de estas devoluciones fiscales son principalmente jubilados que tienen alrededor de 80 años en la mayoría de los casos. Tienen derecho a reclamar la devolución de la parte proporcional de su pensión que tiene derecho a reducción al 25%. Esta reducción se basa en las cotizaciones realizadas a las mutualidades laborales entre 1967 y 1978.

Montaje de un señor mayor sentado en un sofá y a su derecha una mano sujetando billetes de euro de 50 €`

La cantidad que pueden reclamar oscila entre los 3000 y los 4000 euros. Aunque esta cifra puede variar dependiendo de las circunstancias individuales de cada caso, según indican desde Vento Abogados y Asesores.

Cómo realizar las solicitudes de devolución

Las solicitudes de devolución se pueden realizar directamente ante la Agencia Tributaria. En el caso de que el beneficiario haya fallecido, los herederos también tienen el derecho de reclamar las cantidades correspondientes. Siempre que no hayan transcurrido más de cuatro años desde la muerte del beneficiario.

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