La Seguridad Social confirma los peores temores: si ocurre esto, adiós a tu pensión
Aunque la pensión de incapacidad se extingue, la Seguridad Social ofrece otras pensiones a los familiares
Cuando una persona que recibe una pensión de incapacidad permanente fallece, el impacto en sus familiares puede ser significativo, especialmente en términos económicos.
Es esencial comprender cómo se distribuyen las prestaciones y qué opciones están disponibles para garantizar el apoyo necesario a los dependientes del fallecido.
Extinción de la pensión de incapacidad permanente
La pensión de incapacidad permanente es una prestación económica que se concede a aquellas personas que, debido a una enfermedad o accidente, quedan con una capacidad laboral reducida.
Sin embargo, al fallecer el pensionista, esta prestación se extingue, ya que está vinculada directamente a la condición del beneficiario.
Ayudas y pensiones para los familiares
Aunque la pensión de incapacidad permanente cesa con el fallecimiento del beneficiario, existen ayudas para apoyar a los familiares que dependían económicamente de él. Estas ayudas incluyen la pensión de viudedad, la pensión de orfandad y la pensión en favor de familiares.
Pensión de viudedad: requisitos y cuantía
La pensión de viudedad está destinada a la persona que estaba casada o en una pareja de hecho con el fallecido. Para tener derecho a esta pensión, el solicitante debe cumplir ciertos requisitos.
En general, no debe haber contraído matrimonio nuevamente después del fallecimiento del pensionista. Además, se requiere haber acreditado un periodo mínimo de cotización por parte del fallecido, salvo en casos de muerte por accidente o enfermedad profesional.
La cuantía de la pensión de viudedad se calcula en función de la base reguladora del fallecido. El porcentaje básico es del 52% de esta base.
Sin embargo, este porcentaje puede aumentar al 60% si el solicitante tiene más de 65 años, no tiene ingresos por trabajo y sus rentas no superan los 7.347,99 euros anuales. En caso de tener cargas familiares, el porcentaje puede llegar al 70% de la base reguladora.
Pensión de orfandad: requisitos y cuantía
La pensión de orfandad está destinada a los hijos del fallecido. Los hijos menores de 21 años tienen derecho a esta pensión.
Y el límite se extiende hasta los 25 años si están estudiando o tienen una discapacidad. Desde 2008, no se exige cotización previa si el fallecido estaba en alta o en casos de accidente o enfermedad laboral.
La cuantía de la pensión de orfandad se establece en el 20% de la base reguladora. En situaciones en las que ambos progenitores han fallecido, la pensión puede ser mayor, dado que se considera una orfandad absoluta.
Pensión en favor de familiares: requisitos y cuantía
La pensión en favor de familiares se concede a parientes que, aunque no sean cónyuge o hijos, dependían económicamente del fallecido. Esto incluye a padres, abuelos y hermanos que hayan cuidado del fallecido y hayan dependido económicamente de él al menos durante los dos años previos a su fallecimiento.
Para acceder a esta pensión, también es necesario cumplir con un periodo mínimo de cotización, salvo en casos de muerte por accidente o enfermedad profesional. La cuantía se calcula al 20% de la base reguladora. Sin cónyuge sobreviviente ni hijos con pensión, puede aumentar hasta el 52%, con un límite del 100%.
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