Montaje de una firma de divorcio y el logo de la Agencia Tributaria
ECONOMÍA

Se acabó: el cambio que tiene que hacer Hacienda ya y celebran miles de trabajadores

Hacienda ve como una de sus prácticas más comunes acaba de ser totalmente limitada por el Tribunal Supremo

El pasado 18 de julio, el Tribunal Supremo emitió una sentencia de gran relevancia. Esta redefine las condiciones bajo las cuales los inspectores de Hacienda pueden personarse en un negocio o empresa para revisar sus cuentas.

Este fallo busca clarificar y reforzar las garantías legales en torno a estas inspecciones. Marca un cambio importante respecto a las prácticas que se venían aplicando.

Un hombre con expresión pensativa, un sobre siendo introducido en un buzón, un icono de advertencia y un logotipo de una entidad.

El Tribunal ha establecido que Hacienda solo podrá realizar inspecciones in situ si ya existe una investigación oficial abierta. Además, el empresario o autónomo ha debido ser notificado de la misma con antelación.

Esta notificación previa es crucial, ya que hasta ahora era común que los inspectores se personaran en el negocio en el mismo momento en que se notificaba la inspección. Esto permitía a Hacienda realizar "visitas sorpresa". Sin embargo, el Supremo ha determinado que esta práctica es contraria a los derechos de los empresarios y no debe continuar.

Antes de inspeccionar hay que informar: Hacienda en el punto de mira

La sentencia del Supremo refuerza las garantías legales para los empresarios al exigir que el consentimiento para la inspección sea plenamente libre, informado y consciente.

Un hombre mayor revisa un documento mientras sostiene sus gafas, con un logotipo de colores en un círculo rojo en la esquina superior derecha.

Esto significa que no basta con una simple autorización judicial para que los inspectores puedan acceder al negocio. El empresario debe estar totalmente al tanto de la situación y no debe haber ambigüedad en cuanto a la naturaleza de la inspección. 

El fallo implica que cualquier prueba, observación o dato recabado por los inspectores fiscales solo será válido si ha sido obtenido en el marco de un procedimiento inspector formal. Hacienda debe cumplir con los requisitos establecidos por la ley. 

Una pareja revisa unos papeles, y en el circulo, el logo de Hacienda

La sentencia representa un freno a las políticas que pretendían legitimar las visitas sin previo aviso por parte de Hacienda. En los últimos meses, la Agencia Tributaria había defendido la posibilidad de seguir realizando estas "visitas sorpresa" en ciertos casos.

Este fallo del Tribunal Supremo redefine las reglas para las inspecciones fiscales. Además, también establece un precedente importante para la protección de los derechos de los empresarios y autónomos.

A partir de ahora, cualquier actuación de Hacienda deberá seguir procedimientos estrictamente regulados, con una notificación previa adecuada y garantizando que las inspecciones se realicen de manera transparente y justa.

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