Hacienda se planta y da una noticia que no gustará a muchos autónomos: se complica
Desde ahora hay un proceso que los autónomos deben hacer ante Hacienda y se les va a complicar un poco más
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, ha decidido ponerse más estricto que nunca con los autónomos y empresas. Concretamente sobre un asunto que, aunque no afecta a todos, sí impacta a un gran número de ellos. La deducción del IVA por los vehículos de empresa.
A partir de ahora, las empresas que quieran deducirse el 50 % del IVA soportado en la compra o alquiler de coches destinados a actividades empresariales lo tienen más complicado. Deberán acreditar con pruebas "fehacientes" el uso profesional de estos vehículos. De lo contrario, Hacienda no aceptará la deducción, marcando un claro endurecimiento en los criterios de fiscalización sobre este tema.
El peso de la prueba recae en las empresas, no en Hacienda
En una serie de resoluciones recientes, el TEAC ha dejado claro algo importante. Y es que asegura que corresponde a las empresas y autónomos demostrar que los vehículos adquiridos o arrendados están efectivamente afectados a su actividad profesional.
Para ello, deberán aportar evidencias contundentes ante Hacienda del uso empresarial de los vehículos. Especialmente si son cedidos a socios, administradores, directivos o empleados.
El TEAC señala que las compañías cuentan con mayores recursos para justificar este uso profesional frente a Hacienda, mientras que la Administración enfrenta dificultades para probar lo contrario.
Sin embargo, ante la falta de pruebas aportadas por la empresa, el fisco podría utilizar indicios que lleven a concluir que el vehículo no se utiliza para la actividad empresarial. Esto anularía el derecho a la deducción del IVA.
Las condiciones para deducir el IVA ante Hacienda
Según las resoluciones, si una empresa logra acreditar que un vehículo cedido a empleados o directivos se utiliza en las labores de la compañía, podrá deducirse el 50 % del IVA soportado en su compra o alquiler. Y será así incluso si el uso profesional del turismo es mínimo.
Sin embargo, si no se aportan pruebas claras que respalden este uso empresarial, la deducción será denegada. Hacienda ha dejado claro que no tolerará más abusos en este ámbito y que actuará con rigor ante cualquier caso de incumplimiento.
Un mensaje claro de Hacienda
Este endurecimiento responde a la intención de evitar fraudes o usos indebidos de las deducciones fiscales relacionadas con los vehículos de empresa. Hacienda busca asegurarse de que los recursos destinados a estas deducciones se utilicen exclusivamente para actividades empresariales legítimas.
Para los autónomos y empresas, estas resoluciones suponen la necesidad de extremar la documentación y justificación de los bienes que destinen a su actividad. De lo contrario, podrían enfrentarse a sanciones o la pérdida del beneficio fiscal de Hacienda.
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