Hacienda lanza un aviso para febrero a los afectados por la DANA: tendrán que pagar
Es un dinero que ahora no han tenido que abonar por el aplazamiento de Hacienda, pero lo harán en 2025
Aunque han pasado dos semanas desde que la DANA del 29 de octubre golpeara con fuerza varias provincias de España, muchos afectados continúan lidiando con las consecuencias de este devastador fenómeno.
Las lluvias torrenciales sorprendieron a miles de personas, dejando no solo un traumático recuerdo, sino también cuantiosas pérdidas económicas. Estas familias y negocios seguirán notando el impacto durante un tiempo, puede que incluso años. Por el momento intentan recuperarse de los daños sufridos en viviendas, infraestructuras y bienes personales.
Medidas y ayudas de Hacienda
Para paliar la carga financiera, el Gobierno ha puesto en marcha una serie de ayudas y medidas de apoyo en distintos ámbitos. Hacienda ha tomado varias iniciativas para aliviar la presión económica. Estas incluyen exenciones temporales y aplazamientos de obligaciones tributarias para aquellos contribuyentes de las zonas afectadas.
Una de las principales medidas es la extensión del plazo para el segundo pago del Impuesto sobre la Renta del 2023, así como el plazo para saldar algunas deudas tributarias pendientes.
Aunque se trata solo de un aplazamiento, Hacienda ha confirmado que los afectados tendrán hasta el 5 de febrero de 2025 para cumplir con estas obligaciones. Antes de ese día, sin embargo, tendrán que haber pagado la cantidad que les corresponda.
Detalles de la extensión del plazo hasta el 5 de febrero de 2025
Hacienda atrasa, por una parte, el segundo pago del Impuesto sobre la Renta de 2023. Esta medida beneficia a contribuyentes con domicilio fiscal en la provincia de Valencia y en otros municipios que hayan sido declarados afectados por la DANA.
Para quienes tenían este pago pendiente, se extiende el plazo hasta febrero del próximo año. Durante este periodo, se les considerará al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda. No obstante, en caso de otras deudas, podrían no estar al día.
Además de la Renta, el aplazamiento de Hacienda también abarca deudas en periodo voluntario, ejecutivo y los vencimientos de plazos y fracciones de acuerdos de aplazamiento concedidos cuyo vencimiento no haya concluido el 7 de noviembre de 2024. Los obligados tributarios que se acojan a esta ampliación se considerarán igualmente al corriente de sus obligaciones, aunque otros impagos pueden afectar su situación tributaria.
Estas medidas de Hacienda buscan dar un respiro a los afectados, permitiéndoles posponer ciertos pagos y, en algunos casos, acceder a exenciones temporales. Sin embargo, deberán planificar el pago de sus obligaciones antes de la nueva fecha límite. Y es que, el pago se retrasa, sí, pero por el momento no se elimina.
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