Hacienda da una noticia que no gustará a los padres: ojo si haces esto con tus cuentas
Hay que tener en cuenta que todos los movimientos de dinero que hacemos pueden tener implicaciones fiscales
En nuestras finanzas personales, es fundamental considerar las implicaciones fiscales de cada movimiento que realizamos. En ocasiones, ciertas prácticas habituales pueden derivar en consecuencias imprevistas.
Un ejemplo de esto ha sido advertido recientemente por Hacienda a miles de padres en España: la apertura de cuentas bancarias conjuntas con hijos. También la inclusión de estos como titulares en cuentas existentes. Aunque es una práctica común, puede acarrear implicaciones fiscales importantes para los descendientes.
Hacienda aclara qué pasa si hacemos esto
Así lo ha aclarado la Dirección General de Tributos (DGT), dependiente del Ministerio de Hacienda, en respuesta a la consulta de un matrimonio. Esta pareja planeaba transferir dinero desde su cuenta hacia otra en la que su hijo figuraba como titular, con el fin de obtener un mejor rendimiento.
La DGT advierte que, en casos así, los rendimientos obtenidos en esta nueva cuenta deben ser declarados como rendimientos de capital mobiliario. Y esto debe ser en la declaración de la Renta del dueño de la cuenta, en este caso, el hijo.
Este órgano aclara que si el dinero traspasado a la cuenta no es del hijo, sino de los padres, estos deberán acreditar ante Hacienda que el dinero les pertenece a ellos. De lo contrario, el hijo podría ser considerado dueño de los fondos y, como tal, tendría la obligación de tributar por ellos.
Si bien esto puede no ser un problema cuando el pequeño es menor de edad, pasa a serlo al crecer y tener su independencia financiera. Movimientos de este tipo, o tener cuentas conjuntas de toda la familia, pueden acabar siendo situaciones problemáticas para los hijos cuando empiezan a tener su propia economía.
La Dirección General de Tributos recuerda que la titularidad en una cuenta bancaria implica, en principio, la propiedad del dinero que en ella se encuentra.
Cómo evitar este problema: Hacienda lo explica
Por ello, para evitar posibles conflictos con Hacienda, los progenitores deben acreditar que son los verdaderos propietarios del dinero depositado. Debe hacer así si el hijo figura también como titular de la cuenta, pero no es dueño de ese dinero.
Este proceso puede requerir documentación adicional que demuestre que los fondos no pertenecen realmente al hijo. Es la única forma de evitar que este deba afrontar una carga fiscal no deseada.
Por lo tanto, aunque este tipo de cuentas conjuntas pueda resultar ventajoso para una gestión familiar del dinero, es importante entender sus repercusiones fiscales.
Hacienda recomienda a los padres revisar las implicaciones de cada movimiento y tener en cuenta los requisitos para evitar posibles sanciones o inconvenientes fiscales. Y es que estos pueden acabar afectando a sus hijos, especialmente a medida que estos asumen más responsabilidades financieras.
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