Mensaje urgente de Hacienda sobre los décimos de la Lotería de Navidad
Hacienda es muy clara respecto a la normativa con la venta y reventa de billetes de Lotería en España
Cada vez queda menos para uno de los eventos más esperados del año: el sorteo de la Lotería de Navidad, que se celebrará el próximo 22 de diciembre. Como cada año, miles de ciudadanos en toda España participan en esta tradición, con la esperanza de que sus décimos resulten premiados.
Sin embargo, a medida que se acerca la fecha, surgen algunas dudas en torno a aspectos legales y normativos del sorteo. Algunos de ellos tiene que ver con la reventa de décimos. Ante esta situación, Hacienda ha querido aclarar una cuestión clave.
Hacienda lo deja bien claro
Gestha, el sindicato de técnicos de Hacienda, ha advertido que la reventa de décimos premiados en la Lotería de Navidad es ilegal y está sujeta a sanciones. Los profesionales del sindicato señalan el riesgo de vender billetes o participaciones a personas o intermediarios con el fin de blanquear dinero.
En estos casos, tanto el vendedor como el comprador pueden enfrentarse a consecuencias legales graves con Hacienda. Esta práctica se considera un delito de blanqueo de capitales.
De acuerdo con Gestha, el vendedor de un décimo premiado que incurra en reventa podría ser multado por Hacienda. La sanción podría superar la mitad de las ganancias obtenidas por el premio. Por su parte, el comprador, o defraudador, tendría que pagar a Hacienda por el sobreprecio pagado por el décimo.
¿Venta de décimos más caros de su precio real?
Además, la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) ha dejado claro en su normativa que también está "prohibida la reventa de billetes con sobreprecio". Advierten que esta práctica será castigada de acuerdo con las leyes sobre contrabando y defraudación.
Revender ilegalmente décimos puede parecer común a pie de calle. Especialmente ocurre en casos donde los precios incluyen un donativo y exceden ligeramente los 20 euros reglamentarios. Sin embargo, la ley es clara al respecto.
Eso sí, el artículo 8 de la misma normativa de SELAE establece que los titulares de las administraciones de Lotería pueden recurrir a "vendedores autorizados". Estos vendedores pueden ofrecer billetes de Lotería fuera de las administraciones legalmente establecidas, siempre y cuando cuenten con el permiso correspondiente de la SELAE.
Además, se establece un límite para ellos en el sobreprecio que pueden aplicar: no más del 20% sobre el valor nominal del décimo. Esto significa que, en el caso de la Lotería de Navidad, el precio máximo al que se puede vender un décimo sería de 24 euros.
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