Montaje de una firma de divorcio y el logo de la Agencia Tributaria
ECONOMÍA

El aviso que acaba de enviar Hacienda a miles de autónomos para este mes de julio

Desde la Agencia Tributaria han querido avisar a los autónomos de nuestro país sobre los pagos de impuestos y deudas

El mes de julio se presenta como un periodo de alta carga fiscal para los autónomos y pequeños negocios. Entre las obligaciones más destacadas se encuentran la liquidación del segundo trimestre del IVA y el pago fraccionado del IRPF, en caso de optar por el pago trimestral.

La falta de liquidez es una preocupación para muchos autónomos, quienes podrían no disponer de fondos suficientes para cumplir con estas obligaciones fiscales con Hacienda.

Unos documentos, una calculadora y unas monedas de fondo, con una chica sujetando billetes de euros, y en el círculo el logo de Hacienda

Hacienda permite aplazar el IVA trimestral

Aunque algunos impuestos pueden ser aplazados, existen condiciones específicas para ciertos tributos, explican desde autonomosyemprendedor.es. El IVA trimestral, por ejemplo, puede ser pospuesto únicamente si el autónomo no ha recibido el pago de la factura correspondiente, actuando así como intermediario.

Hacienda ha establecido que los impuestos repercutidos, como el IVA, son generalmente inaplazables. No obstante, se permite una excepción si se demuestra que la factura no ha sido pagada por el cliente.

Desde el año pasado, se amplió el importe de las deudas que los autónomos pueden aplazar automáticamente. Hasta un máximo de 50.000 euros, siempre que estén en período voluntario o ejecutivo de pago.

Una mujer es atendida en la oficina de Hacienda, y en el círculo, un calendario

Para los autónomos personas físicas, el aplazamiento no puede exceder los 24 meses. Para las empresas y sociedades jurídicas, el límite es de 12 meses. Las deudas aplazables incluyen pagos fraccionados de IRPF y la declaración anual del Impuesto de Sociedades, entre otras.

En el caso del IVA, aunque es común que los autónomos y pequeños negocios soliciten su aplazamiento, no siempre es posible. Hacienda requiere documentación que acredite que la factura no ha sido pagada para permitir el fraccionamiento de este impuesto.

Qué deudas se pueden aplazar

Además, Hacienda ha publicado una orden que amplía el importe de las deudas que pueden aplazar los autónomos de manera automática.

Un hombre maneja billetes de euros, y en el círculo, el logo de Hacienda

Inicialmente, es posible aplazar automáticamente todas las deudas que no excedan los 50.000 euros y que se encuentren en período voluntario de pago o en período ejecutivo. La normativa establece que estos pagos no podrán diferirse por más de 24 meses en el caso de los autónomos personas físicas. Para las empresas y sociedades jurídicas, el límite es de 12 meses.

En general, las deudas que pueden aplazarse automáticamente hasta el límite de 50.000 euros incluyen aquellas relacionadas con pagos fraccionados de IRPF, correspondientes a los modelos 130 y 131. También se incluye la declaración anual del Impuesto de Sociedades, entre otras deudas que no están catalogadas como "inaplazables" según la normativa.

Eso sí, cualquier solicitud de aplazamiento conlleva el pago de intereses a Hacienda. El interés de demora, que se aplica habitualmente, es del 4,06%, mientras que el interés legal, aplicable si se aporta aval, será del 3,75% en 2024. Esto significa que, aunque el aplazamiento puede ofrecer un respiro temporal, también implica un coste adicional que los autónomos deben considerar en su planificación financiera.

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